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09 julio 2018 / Publicado en Actualidad

Las Mutuas analizan las novedades de la Ley de Contratos del Sector Publico

Fuente: AMAT

Casi un centenar de profesionales de las 20 Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social han asistido a una jornada informativa, organizada por AMAT, sobre las novedades juridicas en el regimen de contratacion de las Mutuas, a raiz de la aplicacion de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Publico.

El acto, celebrado en la sede de CEOE en Madrid, ha contado con la participación como ponente de José Mª Gimeno Feliú, catedrático de Derecho Administrativo de la Universidad de Zaragoza y especialista en Contratación Pública, quien ha analizado las novedades de la Ley y respondido a las cuestiones planteadas por los juristas y técnicos especialistas en contratación de las Mutuas asistentes al acto.
 
La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, que entró en vigor el pasado 9 de marzo, ha introducido importantes novedades en el régimen de contratación del Sector Público español y, consecuentemente, en el régimen de contratación de las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social, al estar incluidas éstas en el ámbito de aplicación de la Ley como “Poderes Adjudicadores no Administración Pública”.
 
La nueva Ley tiene como objetivo la utilización de la contratación pública como un instrumento para implementar las políticas europeas y nacionales en materia social, medioambiental, de innovación y desarrollo, de promoción de las PYMES, y de defensa de la competencia. Persigue, además, la eficiencia en el gasto público y el respecto a los principios de igualdad de trato, no discriminación, transparencia, proporcionalidad e integridad, principios con los que están íntimamente comprometidas las Mutuas colaboradoras con la Seguridad Social.
 
Entre las novedades que introduce la Ley, cabe destacar la pretensión de uniformidad jurídica para todos los poderes adjudicadores, con independencia de su carácter de Administración Pública o no, en los procedimientos de adjudicación, por lo que desaparecen las Instrucciones Internas de Contratación de las Mutuas para aquellos contratos no sujetos a regulación armonizada, la nueva regulación de los “contratos menores”, las fases de procedimiento de la contratación electrónica, los nuevos procedimientos de adjudicación o las modificaciones referentes al recurso especial en materia de contratación.
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