La colaboración en la gestión de la prestación económica de incapacidad temporal derivada de contingencias comunes.
Otras prestaciones, servicios y actividades que les sean legalmente atribuidas
Carecen de ánimo de lucro y actúan mancomunadamente, basándose en el principio de solidaridad
De carácter voluntario. El empresario puede optar entre formalizar la cobertura de los accidentes de trabajo con las Entidades Gestoras de la Seguridad Social o asociarse a una Mutua.
Tienen personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar.
Están autorizadas por el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales y sometidas a su vigilancia y tutela.
Su contabilidad se rige por el Plan General de Contabilidad de la Seguridad Social, debiendo las Mutuas rendir cuentas de su gestión ante el Tribunal de Cuentas. Sus presupuestos anuales se integran en el Presupuesto de la Seguridad Social.