|
Asepeyo otorga ayudas por más de 10.5 millones de euros a trabajadores que han sufrido un accidente laboral o una enfermedad profesional |
Información actualizada para el Sistema y para las Mutuas al mes de Junio de 2010.
CONCEPTOS
MATEPSS: mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social. Hace referencia al sector que integra a estas entidades colaboradoras de la Seguridad Social.
SISTEMA: sus informes se elaboran agregando los datos del INSS, ISM y MATEPSS.
DURACIÓN MEDIA: hace referencia a la duració, en días, de los procesos de los que se ha registrado el alta. Se calcula dividiendo el número total de días de baja de los procesos cuya alta es conocida y se haya producido en el año, entre el número total de dichos procesos. La duración media máxima considerada para cada proceso es de 18 meses, de conformidad con la normativa en vigor. No todos los procesos terminados se corresponden con altas, por cuanto pueden darse casos de procesos terminados de los que los agentes gestores no han recibido el correspondiente parte. Esta información, además de sin distinción por género, se ofrece separando la relativa a hombres y mujeres, en la medida en que dicho detalle se encuentre disponible en las bases de datos de las entidades integrantes del sistema de la Seguridad Social.
INCIDENCIA: hace referencia al número de procesos registrados como iniciados en el periodo, con relación a la población protegida media. Se calcula dividiendo el número medio mensual de procesos iniciados, entre la población media protegida en el año. Al resultado se le multiplica por 1.000.
PREVALENCIA: hace referencia al número de procesos registrados como en vigor, con relación a la población protegida, ambos considerados al final del periodo. Se calcula dividiendo el número de procesos en vigor, en situación de baja al final del periodo, entre la población protegida al final del mismo. Al resultado se le multiplica por 1.000. No se incluyen aquellos procesos con una duración superior a 18 meses y, por tanto, que se encuentran en situación de prórroga de efectos de la incapacidad temporal, habiendo sobrepasado el límite máximo establecido de duración de la prestación. A efectos informativos, se señala que estos procesos prorrogados suponen en contingencias comunes alrededor de un 0,5 por mil del total de población protegida y, en cualquier caso, su incidencia se estima poco significativa.
Para seguir la trayectoria iniciada en el año 2010, El S...
Como en años anteriores, la semana del 12 al 16 de marzo...